acreditación institucional

La Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM) asume el aseguramiento de la calidad como un pilar estratégico basado en el concepto de doble consistencia:

  • Consistencia interna: “Hacer lo que se dice”, garantizando coherencia con los propósitos institucionales.
  • Consistencia externa: Asegurar la pertinencia y alineación con la normativa interna y nacional, en particular con las Leyes N°21.091 de Educación Superior y N°21.094 para universidades estatales.

Los procesos de autoevaluación y acreditación, tanto institucionales como de programas de posgrado, forman parte del Sistema Interno de Aseguramiento de la Calidad (SINAC-UTEM), y se articulan con el conjunto de los mecanismos de gestión que garantizan la calidad institucional, alineados con los estándares del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad.

La acreditación institucional es un proceso obligatorio para todas las universidades chilenas, según lo establecido por la Ley N°21.091 de Educación Superior. Este proceso implica una evaluación integral basada en criterios y estándares de calidad, abarcando todas las sedes, funciones y niveles de programas. Además, incluye la revisión de carreras y programas de pregrado y posgrado seleccionados por la Comisión Nacional de Acreditación mediante una muestra representativa.

La acreditación institucional es un proceso obligatorio para todas las universidades chilenas, según lo establecido por la Ley N°21.091 de Educación Superior. Este proceso implica una evaluación integral basada en criterios y estándares de calidad, abarcando todas las sedes, funciones y niveles de programas. Además, incluye la revisión de carreras y programas de pregrado y posgrado seleccionados por la Comisión Nacional de Acreditación mediante una muestra representativa.

La Acreditación institucional considera
5 Dimensiones de Evaluación:

La Acreditación institucional considera 5 Dimensiones de Evaluación:​

Las tres primeras dimensiones de evaluación son obligatorias; la cuarta será obligatoria a partir de 2025, y la quinta es voluntaria, aunque indispensable para alcanzar el período máximo de acreditación de 7 años.

La autoevaluación para la acreditación institucional, definida por la Ley N°21.091, es un proceso participativo en el que la institución realiza un análisis crítico, analítico y sistemático del cumplimiento de criterios y estándares por dimensión, considerando su misión y proyecto de desarrollo institucional. Este proceso culmina en un Informe de Autoevaluación, fundamentado en información válida, confiable y verificable, que detalla los avances en cada dimensión evaluada.

La acreditación de programas de doctorado es obligatoria y un requisito indispensable para acceder a financiamiento público y garantizar el respaldo del Estado.

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